Fuentes | Contratos | Cuasicontrato | Delito | Cuasidelito | La ley |
Definición | Dos o más personas se ponen de acuerdo sobre una declaración de voluntades destinadas a reglar sus derechos. | Es el hecho de una persona permitido por la ley que la obliga hacia otra u obliga a otra persona hacia ella sin que exista acuerdo de voluntades | Hecho típico antijurídico y culpable, que produce en la victima un menoscabo en su patrimonio y que debe raparse económicamente. | No existe en esta fuente intencionalidad de parte del sujeto activo, el daño proviene de la violación del principio de diligencia. | La ley como fuente se refiere a las obligaciones creadas por ella, es decir determinadas por una norma jurídica y no por un acuerdo de voluntades. |
Ejemplo | Arrendamiento de un Inmueble | Reparación Urgente en la casa del vecino cuando este no está en ella y hay riesgos de robo o inundación o incendio, etc. | Lesiones culposas en un accidente de tránsito por manejar ebrio. | Lesiones culposas por accidente laboral por descuido | Obligación de un patrono de pagar un salario mínimo y del trabajador de realizar alguna labor |
Fuente Normativa | Código Civil Artículos: 1022 y 1023 | Código Civil Art. 1043 | Código Civil, Código Penal, Constitución | Código Civil, Código Penal | Código Civil |
Definiciones Tomadas del Libro Obligaciones 5ta Edición de Fernando Montero Piña.
Saludos compañero; muy completas las definiciones. Me permito agregar que el Contrato es ley entre las partes y constituye la máxima expresión de las voluntades en el Derecho de Obligaciones.
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