lunes, 14 de febrero de 2011

Obligaciones Alternativas vs Obligaciones Facultativas


OBLIGACIONES ALTERNATIVAS
OBLIGACIONES FACULTATIVAS
Definición: Por obligación alternativa debe entenderse al vínculo jurídico que obliga al deudor al cumplimiento de una, de dos o más  alternativas, donde al cumplirse una de ellas se extingue la obligación.
Definición:  En este tipo de obligación el deudor solamente debe una prestación, sin embargo puede liberarse de su cumplimiento entregando una prestación distinta.
Características:
·         No existe jerarquización de prestaciones, todas están en el mismo plano de igualdad.
·         Para la extinción de la obligación es necesario que desaparezcan todas las posibilidades por lo que la imposibilidad no es motivo de extinción.
·         Hay mayor garantía para el acreedor, por lo que es más onerosa para el deudor.
·         Pluralidad de prestaciones pactadas en el contrato.
Características:
·         La imposibilidad de la prestación extingue la obligación.
·         Existe una jerarquía dentro de las prestaciones, pues se da una prestación llamada principal.
·         La Garantía para el acreedor es mucho menor que en las alternativas.
·         No existen en el contrato las alternativas, sino, se reconoce un derecho sustitutivo al deudor bajo ciertos supuestos.
Ejemplo: Un Propietario de un local comercial en Escazú, renta su local a un arrendatario, y en el contrato establecen que por el local  el deudor deberá pagar $ 1000 al mes, o caso contrario ceder el derecho de uso de un local comercial propiedad del deudor ubicado en Curridabat, cualquiera de las dos prestaciones sea el dinero o ceder el otro local comercial extinguen la obligación.

Ejemplo: Un agricultor se compromete a brindar parte de su cosecha  de tomates como pago de un préstamo recibido de parte de un inversionista, sin embargo por motivos climáticos su cosecha de tomates fue infructuosa, sin embargo la de Yuca fue muy buena, por lo que cancela su deuda por el equivalente en yuca como producto sustitutivo.
 Definiciones y características tomadas de: Montero Piña (1999) Obligaciones,  Premia Editores

17 comentarios:

  1. Excelente trabajo Braulio. Buena distribución de la informaciòn.

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  2. Saludos compañero: con respecto a las obligaciones facultativas, como bien lo cita usted, ofrecen menor garantía para el acreedor, esto debido a que en caso de imposibilidad de cumplir con la obligación pactada, el deudor puede dar otra prestación de la cual el acreedor no tiene conocimiento anticipado.

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    1. tengo una consulta con respecto a su comentario porque lei en otra pagina que se decia que lo pactado incluia la otra prestacion es decir si yo pacto un auto de color rojo y no me lo pueden dar pero en ese mismo arreglo me dicen que me van a dar un auto guinda en cierto modo es igual o no? o realmente sucede lo contrario espero aclare mi duda gracias

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  3. He notado que siempre incluyes un ejemplo en los temas que desarrollas, es una iniciativa digna de seguir para complementar los temas. Quedó muy bien la presentación de la información, clara y legible.

    Saludos!

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  4. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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  5. Excelentes apreciaciones sobre el tema, me servirán mucho para mi exposición.

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  6. En las obligaciones facultativas cuando se da la imposibilidad de la prestación la obligación no se extingue, si no que se modifica. Corrijanme.

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    1. No ya que la extinción de la prestación principal extingue la accesioria. Ya que ambas prestaciones se encuentran en relación de dependencia y no en misma situación como en las alternativas.

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    2. Así es...la accesoria sigue la suerte de la principal asi que si la principal se extingue la accesoria también! Soy estudiante de Derecho me ayudó su ejemplo. Gracias

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  7. Según he leido, la obligación alternativa se extingue cuando todas las prestaciones previstas se hacen imposibles y, en el caso de las obligaciones facultativas, si las prestaciones se hacen imposibles de cumplir ¿se puede entregar una prestación distinta o se extingue la obligación?
    En caso de que se pueda entregar una prestación distinta, ¿por qué se dice que la garantía para el acreedor es menor que en las obligaciones alternativas?

    Gracias.

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  8. pura vida Braulio y gracias por el aporte

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  9. Buenas, quisiera saber, o aclarar lo siguiente: ¿" Cuando una obligacion pasa de facultativa a alternativa"?

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  10. Buenas, quisiera saber, o aclarar lo siguiente: ¿" Cuando una obligacion pasa de facultativa a alternativa"?

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  11. Quisiera por favor algún ejemplo de obligación facultativa y otra de obligación alternativa. Gracias

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  12. Quisiera por favor algún ejemplo de obligación facultativa y otra de obligación alternativa. Gracias

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